Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
84 3.9. NORMATIVA Artículo 209.- Zonificación Secundaria o Urbana.- La zona urbana y urbanizable establecida está determinada por el límite del radio urbano vigente, el cual se divide en: zonas, fajas y áreas, para las cuales, los usos de suelo y volumetrías de edificación. CUADRO DE LAS ZONAS DEL ÁREA URBANA ÁREA URBANA E-Equipamiento EP Público primario. ED/ET Distrital y/o terciario. Tabla 12. ZONAS DEL ÁREA URBANA. Fuente: C.U.O. TOMO II – URBANISMO. Pág, 3. Artículo 221.- Equipamiento público y privado.- Comprende zonas definidas por la planificación urbana para equipamiento de servicios de uso público o privado, que requieren un amanzanamiento y división en lotes con dimensiones especiales 2) Distrital y/o terciario - ED/ET.- Está destinado al equipamiento de escala distrital o de escala urbana, público o privado, con usos varios: asistencial, educacional, deportivo, recreativo, cultural, religioso, comercial, de servicios, administrativo, de abastecimiento y otros. En función de los planes directores y planes distritales, quedan determinadas las áreas de uso específico (AE) en diferentes zonas urbanas, que se clasifican en el Artículo 349 de este tomo. Artículo 288.- Acceso para personas con discapacidad .- En cada esquina es obligatorio incorporar a la acera un acceso especial en rampa con 10% (por ciento) de pendiente, para personas con discapacidad. El acceso deberá ser construido en coincidencia al cruce peatonal o cebra, con un ancho de 1,20m y un tratamiento de piso diferenciado de 1,00 m alrededor de la rampa. Artículo 291.- Anchos de Acera según el ancho de vía.- El ancho de acera peatonal, será dimensionado según el ancho de vía y en base al cuadro citado a continuación:
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