Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

72 4.1.6. Factores ambientales Se detallan a continuación: 4.1.6.1 Ley del Medio Ambiente N° 1333, 27 de abril de 1992. Ley que tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. 4.1.6.2 Decreto Supremo Nº 24.176 - Reglamentación de la Ley del Medio Ambiente. Reglamento para actividades con sustancias peligrosas. Las presentes disposiciones reglamentan la Ley del Medio Ambiente Nº 1333 en lo referente a las Actividades con Sustancias Peligrosas (ASP), en el marco del desarrollo sostenible, estableciendo procedimientos de manejo, control y reducción de riesgos. A tal efecto, son consideradas sustancias peligrosas aquéllas que presenten o conlleven, entre otras, las siguientes características intrínsecas: corrosividad, explosividad, inflamabilidad, patogenicidad o bioinfecciosidad, radioactividad. En relación a la actividad principal de cerámica EL LAPACHO, cabe hacer notar que, en la fabricación y venta de sus productos para la construcción, no contaminan sustancialmente el ambiente, que si bien quema combustible para calentar los hornos de cocción, se mantiene por debajo de la contaminación ambiental, en tal sentido es un factor positivo, ya que conserva el medio ambiente en Yacuiba. 4.1.7. Matriz EFE La matriz de evaluación de factores externos (EFE) permitió analizar variables externas a la empresa EL LAPACHO (Amenazas y oportunidades), que podrían incidir de forma positiva o negativa en la misma. Por tanto, para su elaboración se consideró una escala de calificación en donde: 5 = muy importante, 4 = importante, 3 = medianamente importante, 2 = poco importante y 1 = nada importante, respecto al contexto o industria. Obteniendo así la siguiente tabla:

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