Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

65 Como principio básico, el NIT debe ser declarado por “toda persona natural o jurídica que desarrolle o pretenda desarrollar una actividad económica generadora de impuestos creados por ley” (Mendoza, 2011). - La licencia de funcionamiento La licencia de funcionamiento se obtiene para constatar el cumplimiento de la normativa necesaria para el inicio de la actividad y la autorización para funcionar de manera legal. Esta licencia se la tramita en la Secretaria Municipal de Recaudaciones y Gestión Catastral (SER), dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz. - Afiliación a la Caja Nacional de Salud La afiliación a la Caja Nacional de Salud es obligatoria, de acuerdo con el parágrafo I del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado, que establece que todas las personas Bolivianas tienen derecho a acceder a la seguridad social. - Registro AFP El registro de AFP de Bolivia tiene el propósito de que los trabajadores accedan a pensiones justas y dignas para su bienestar, en caso de no existir registro del Empleador al Sistema Integral de Pensiones (SIP) será sancionado a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. - Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) El Registro Obligatorio de Empleadores es otro documento legal que se debe obtener para abrir un negocio. El Registro Obligatorio de Empleadores según el Decreto Supremo Nº-288/09 y su reglamentación con la RM Nº 704/09, estable que los empleadores deben registrarse en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Provisión Social, igualmente deben estar registrados en FUNDEMPRESA. Los que no cumplan con esta reglamentación serán sancionados. - Pro Bolivia “Los beneficios del Registro y Acreditación se amparan en el Decreto Supremo N°181, que establece en su artículo N° 31 en la contratación de bienes y servicios bajo las modalidades

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