Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
175 Alta Ejecutivo.- Comprende el Gerente General Nivel Administrativo.- Comprende las Gerencias de cada Departamento Nivel Operativo.- Comprende a los Jefes, auxiliares de las diferentes áreas. ARTÍCULO 10.- (Manual de funciones) Las atribuciones, funciones y responsabilidades de cada cargo, no previstas en el Reglamento Interno, se establecerán en el manual de Funciones ARTÍCULO 11.- (Registro de personal) Todos los empleados de la Empresa tendrán un registro personal que contendrá la siguiente documentación: 1. Curriculum Vitae 2. Documentación Respaldatoria de estudios, cursos y experiencias de trabajo 3. Comunicaciones Internas de designación o contrato de trabajo, instrucciones de trabajo, felicitaciones y amonestaciones 4. Evaluaciones. Este registro será actualizado permanentemente, siendo responsable de su custodia el Jefe de RRHH ARTÍCULO 12.- (Exclusividad) La Empresa tiene el derecho exclusivo de contratar personal de acuerdo a sus necesidades. La aceptación o no del trabajador queda librada únicamente a la decisión de quienes están a cargo de la selección de personal, sin que la documentación presentada o los exámenes que pudieran exigirse, cualquiera sea su resultado, signifiquen obligación o compromiso de parte de la Empresa para la contratación del postulante. ARTÍCULO 13.- (Selección) Las normas, Cuestionarios, exámenes de calificación, factores de ponderación y demás criterios para el reclutamiento y selección serán establecidos y elaboradas por el Jefe de RRHH en concordancia con el Gerente de Administración y Finanzas ARTÍCULO 14.- (Empleado) Una vez cumplidas las formalidades correspondientes y suscrito l contrato de trabajo, el postulante adquiere la calidad de Empleado. ARTÍCULO 15.- (Información verídica y caso de falsedad) Toda información verbal o escrita presentada a la Empresa a efectos de su selección y contratación deberá contener datos reales y fidedignos. En caso de evidenciarse falsedad material o intelectual sobre declaraciones o documentos presentados por el Empleado a la Empresa se determinara la rescisión del contrato y su despido inmediato sin derecho a beneficios sociales, en conformidad al artículo 16 de la Ley General del Trabajo y sin perjuicio de las acciones legales que correspondan. ARTÍCULO 16.- (Modificación en el estado civil y familiar) Toda modificación en el estado de la situación familiar tales como matrimonio, divorció, viudo, nacimiento o muerte de los hijos del miembro de la familia a su cargo y reconocimiento de hijos naturales, deberá ser comunicado inmediatamente al Jefe de RRHH y acreditada con la documentación correspondiente. La omisión del Empleado a esta responsabilidad, no obliga a la Empresa. CAPÍTULO II DEL CONTRATO DE TRABAJO ARTÍCULO 17.- (Modalidades) La empresa podrá contratar personal de acuerdo a las disposiciones legales vigentes en cualquiera de las siguientes modalidades: 1. Contrato por Tiempo Indefinido 2. Contrato a Plazo Fijo 3. Contrato de Personal Eventual en el caso de las Obras ARTÍCULO 18.- (Contratación definitiva) Una vez que el Empleado cumpla satisfactoriamente el periodo de prueba y sea ratificado por la Empresa. Será contratado por tiempo indefinido, sujeto a los derechos y obligaciones de la ley General del Trabajo, su reglamento y el presente Reglamento Interno. ARTÍCULO 19.- (Contrato a plazo fijo) Comprende la contratación de una persona para la realización de un trabajo específico en tareas no permanentes de la empresa o que siéndolo solo requieran de trabajos de especialistas en implementación o control, por un plazo no mayor a un año y bajo las regulaciones especificas estipuladas en el
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