Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

Artículo 61: En general no se darán tareas para los períodos de vacación. Se puede dar tareas del viernes para el lunes. Artículo 62: Los profesores deben controlar el cumplimiento de las tareas haciendo constar el incumplimiento en forma adecuada. DE LAS LIBRETAS DE CALIFICACIÓN Artículo 63: Cada alumno recibirá un boletín de calificaciones bimestralmente y una libreta anual finalizando la gestión. Artículo 64: El padre de familia podrá acceder al SIE (Sistema Integral Educativo) para informarse sobre los resultados académicos de su hijo (Libreta Electrónica). DE LA RESPONSABILIDAD DEL COLEGIO, DE LOS PADRES Y ESTUDIANTES Artículo 65: El Colegio no asume la responsabilidad por robos y hurtos de objetos de valor u otros que el estudiante ingrese al Establecimiento. Artículo 66: Todos los estudiantes y sus padres o apoderados son responsables del trato cuidadoso y de la devolución oportuna y puntual de objetos de propiedad del Colegio que le hubieran sido facilitados. En caso de pérdida o daños se debe pagar el valor correspondiente. Artículo 67: Los Padres de Familia tienen la obligación de pagar las pensiones escolares fijadas en los primeros diez días de cada mes. DE LAS PREMIACIONES Artículo 68: Al finalizar el año escolar, se podrá premiar a los alumnos que se hayan distinguido por: a) Buen rendimiento.

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