Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
DE LA GESTIÓN ESCOLAR DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE Artículo 54: Los estudiantes deben contribuir al prestigio del establecimiento con su comportamiento, dentro y fuera del Colegio. Deben sentirse e identificarse corresponsables de la vida y superación del Colegio. Artículo 55: Los estudiantes tienen la obligación de asistir puntual y regularmente a clases, grupos de trabajo, viajes de estudio, exámenes médicos y todas las actividades obligatorias programadas por el colegio; hacer sus tareas, cumplir las instrucciones de la Dirección, Tutores de curso, profesores y del personal administrativo Artículo 56: Deben traer el material escolar solicitado durante la gestión escolar, de acuerdo al grado que cursa. Artículo 57: Los estudiantes que causen daños a las pertenencias del colegio o de terceros, están obligados a repararlos y/o resarcirlos. Artículo 58 : En casos de indisposición durante las horas de clases, el estudiante deberá solicitar permiso al Tutor de Curso o al Director o a la Secretaría de la Dirección. Los padres de familia o apoderados deberán ser informados telefónicamente por la enfermera, antes de la salida del estudiante del Colegio. DE LAS TAREAS Artículo 59: Las tareas deben estar adecuadamente dosificadas, deben tener en cuenta la capacidad y el rendimiento de los alumnos, de tal manera que éstos puedan realizarlas por sí mismos, sin ayuda de terceras personas. Artículo 60: Las tareas no deben reemplazar las clases ni ser impuestas como medida disciplinaria. Los trabajos extensos, de largo plazo, deben ser distribuidos equitativamente para todo el año escolar con ayuda del Tutor de Curso.
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