Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

Anexo 2 La Ley del medio ambiente No. 1333 Tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población. (Gobierno, 1992) REGLAMENTO MUNICIPAL DE LA GESTIÓN INTEGRAL SOSTENIBLE Y PERMANENTE DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS URBANOS” “BASURA CERO” Artículo 46 º .- Tratamiento.- El tratamiento de los residuos sólidos urbanos debe comprender el aprovechamiento de los mismos a través de cualquiera de las siguientes fases:  Separación y concentración selectiva de los materiales incluidos en los residuos.  Transformación por cualquiera de los siguientes métodos;  Conversión por métodos químicos (hidrogenación, oxidación húmeda o hidrólisis)  Conversión por métodos bioquímicos (compostaje, digestión anaeróbica y degradación biológica)  Conversión de determinados productos de los residuos en otros aprovechables.  Recuperación, mediante la re obtención, en su forma original, de materiales incluidos en los residuos para volver a utilizar.  Otros.

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