Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

22 legales para contrarrestar la misma, mecanismos con los cuales la Clinica Hamacas esta resguardada. Legislación futura: La manera en que se han dictado leyes y regulaciones en cuanto al sector de salud solo apunta a que cada vez irá en aumento la tendencia a la rigurosidad en las pruebas de control de carácter médico, si bien es cierto se tienen parámetros por los cuales se especula las posibles futuras legislaciones, el Estado es cambiante e impredecible. La posible legislación futura es tomada como oportunidad, ya que si bien es cierto esta traiga cambios a la clínica pero serán aplicadas al resto de las instituciones de salud privadas, por lo cual la competencia que trabaje de manera formal también tendrá que acatar las mismas leyes. Entidades regulatorias: Al ser una empresa que brinda servicios de salud, se encuentra bajo la supervisión del SEDES como entidad que regula dicha área, pero también el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) lleva un control tanto de las clínicas como de los médicos privados, el Centro Nacional de Enfermedades Tropicales (CENETROP) y el Servicio Estadístico de Salud de Bolivia (SNISS) que esta entidad regula más desde un aspecto estadístico para generar información, por tal razón la clínica también debe entregar informes mensuales. Es una oportunidad este punto, debido a que si bien es cierto estas entidades tienen la potestad de clausurar establecimientos de salud, al tener toda la documentación en regla es una protección en caso de tener conflicto legal. Políticas gubernamentales y municipales: Las políticas que tiene el gobierno en cuanto a la salud benefician al paciente (Ley 453 Ley de protección los derechos del paciente) por lo cual dejan vulnerables a todos los establecimientos de salud en cuanto a la preservación de sus intereses financieros.

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw