Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

ARTÍCULO 83.- (Requisitos) Todo funcionario con contrato indefinido, podrá recibir capacitación adicional en las áreas de su competencia u otras de carácter integral, en función a las necesidades de capacitación y a la disponibilidad financiera de la Empresa. ARTÍCULO 84.- (Aprovechamiento) El departamento de Recursos Humanos podrá, si considera pertinente, aplicar al empleado un examen de evaluación de aprovechamiento del curso de capacitación, aspecto que se considerará en la evaluación de desempeño. ARTICULO 85.- (Multas y Sanciones) En caso de evidenciarse que no hubo aprovechamiento del curso por parte del empleado o repruebe el examen, serán descontados de su remuneración todos los costos en los que hubiere incurrido la Empresa para su asistencia. De comprobarse que el empleado no asistió al curso, independientemente a que su registro en el mismo tenga carácter obligatorio o voluntario; al margen de descontarle los costos del curso, se considerará inasistencia injustificada a la fuente laboral, con la aplicación de sanciones correspondientes. Además el Departamento de Recursos Humanos cursará al empleado una amonestación escrita. ARTÍCULO 86.- (Manual de Recursos Humanos) Todos los aspectos no considerados en el presente Título serán regulados por el Manual de Recursos Humanos, mismo que será aplicado de forma vinculada al presente Reglamento. TÍTULO VIII DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO INTERNO CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 87.- (Concepto) El régimen disciplinario interno tipifica las Infracciones y establece las sanciones que serán aplicadas a los empleados de La Empresa, que incurran en las mismas, conforme a procedimiento establecido. ARTÍCULO 88.- (Ámbito de aplicación) El régimen disciplinario interno será aplicado a los empleados de la Empresa que incurran en infracciones sean estas leves, graves o muy graves, tipificadas en los Arts. 98,99 y 100 del presente Reglamento. ARTÍCULO 89.- (Obligaciones del personal) Todos los Empleados de la Empresa tienen la obligación de conducirse dentro y fuera de la institución, con urbanidad y cortesía en sus

RkJQdWJsaXNoZXIy Mjc5NTQw