Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
g) Dotar a los empleados de la Empresa del material necesario para el cumplimiento de sus actividades. h) Motivar a los empleados en procura de la constante elevación de la eficiencia en la prestación de servicios. ARTÍCULO 32.- (Irrenunciabilidad de derechos) De acuerdo al artículo 4 de la Ley General del Trabajo, los derechos de los Empleados son irrenunciables. ARTÍCULO 33.- (Ejercicio de los derechos) La Empresa por la vía administrativa desarrollará los sistemas y procedimientos que faciliten el pleno ejercicio de los derechos de los Empleados en el marco de lo dispuesto en la Ley General del Trabajo, otras normas complementarias y el presente reglamento. TÍTULO IV DEL RÉGIMEN LABORAL CAPÍTULO I JORNADA DE TRABAJO CONDICIONES DE TRABAJO ARTÍCULO 34.- (Concepto) Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el Empleado permanece a disposición de la Empresa, para el cumplimiento de las labores inherentes a su cargo en el sitio de sus funciones, sin poder disponer libremente de su tiempo de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. ARTÍCULO 35.- (Horarios) Los empleados de La Empresa deberán presentarse en sus puestos de trabajo en los horarios de trabajo que serán establecidos por la administración de la Empresa para los diferentes servicios requerimientos y necesidades, pudiendo establecer en su caso turnos rotativos. De conformidad con las necesidades de la CLÍNICA.
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