Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
ARTÍCULO 26.- (Incompatibilidad) No podrán trabajar en la Empresa cónyuges. En caso que el matrimonio se realizara con posterioridad a la contratación de ambos, uno de los cónyuges deberá renunciar. ARTÍCULO 27.- (Constancia) El contrato de trabajo entre la Empresa y el Empleado se pactará por escrito, de conformidad con el artículo 7 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo. Para su validez deberán estar firmados por el representante legal de la Empresa, el Empleado, su garante y la Dirección Departamental de Trabajo. ARTÍCULO 28.- (Disposiciones internas) El presente reglamento así como todas las disposiciones que dicte la Empresa para el mejor desenvolvimiento de sus actividades se considerará como integrante del contrato individual de trabajo, por lo tanto, es obligación del trabajador conocer y cumplir su contenido. TÍTULO III DE LOS DERECHOS DEBERES Y PROHIBICIONES CAPÍTULO I DE LOS DERECHOS DE LOS EMPLEADOS ARTÍCULO 29.- (Derechos) Los Empleados de la Empresa gozan de los siguientes derechos: a) Conservar su empleo conforme a las normas legales vigentes y disposiciones correspondientes. b) Recibir de parte de sus superiores jerárquicos y compañeros de trabajo un trato adecuado dentro de los principios de dignidad, respeto mutuo y ética funcionaria. c) Ser evaluado de acuerdo a su eficiencia y resultados. d) Percibir una remuneración salarial justa, en base a los términos de la estructura salarial definida en la Empresa. e) A ingresar en el régimen de seguridad social establecido por las leyes del país. f) Disfrutar de los días feriados y vacaciones legalmente establecidas, cuando corresponda. g) Obtener permisos y licencias cuando éstos sean justificados.
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