Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

I . Se crea el Fondo de Inversión para el Deporte (FID), como institución pública descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía de gestión técnica, administrativa y financiera; actuará bajo la rectoría y tuición del Ministerio de Salud y Deportes, y el control y fiscalización de la Contraloría General de la República. El Poder Ejecutivo establecerá mediante Decreto Supremo la estructura organizativa del FID. II. El FID tiene la misión de financiar, a través de las entidades de conducción, de representación y de las entidades operativas del sistema, la promoción, fomento, auspicio y patrocinio de la actividad deportiva de alcance municipal, provincias, departamental, nacional e internacional, programados en los respectivos planes de desarrollo deportivo. III. Para el cumplimiento de su misión, el FID será financiado por: a) Una asignación anual de 8 millones de UFVS del Tesoro General de la Nación destinada exclusivamente a financiar a través de las entidades de conducción, de representación y de patrocinio de la actividad deportiva, programados en los respectivos planes de desarrollo deportivo. Dichos montos serán ajustados quinquenalmente, en función al crecimiento demográfico de la población vinculada a la actividad física y deportiva. b) Créditos reembolsables y no reembolsables de organismos nacionales e internacionales. c) Aportes que reciba de la cooperación internacional, organizaciones no gubernamentales y otros.

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