Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

Universidad Católica Boliviana “San Pablo” ANEXOS 151 CAPÍTULO X DE LAS OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES ARTÍCULO 54.- Son obligaciones del trabajador: 1. Concurrir puntualmente al trabajo, prestando los servicios para los que fue contratado, con voluntad, responsabilidad y eficiencia en los resultados. 2. Acatar las órdenes e instrucciones que impartan sus superiores. 3. Tomar conocimiento y cumplir todas las disposiciones que norman las actividades de la empresa, así como observar los procedimientos establecidos para cada actividad. 4. Guardar lealtad a la institución, respecto a sus superiores y cumplir sus instrucciones. 5. Cuidar el uso adecuado, tenencia y conservación de las maquinarias, instrumentos, materiales y útiles que se le confían para la ejecución de su trabajo, siendo responsable de su pérdida o deterioro. Asimismo en caso de pérdida o deterioro, deberá dar parte de inmediato a sus superiores para el establecimiento de responsabilidades. 6. Mantener buena conducta y costumbres dentro y fuera de la empresa, evitando conflictos, comentarios negativos que puedan lesionar a la entidad o a la honorabilidad de sus superiores y/o compañeros de trabajo. 7. Comunicar inmediatamente a sus superiores sobre conflictos y reyertas producidas en el trabajo, previniendo cualquier peligro que pudiera ocasionar cualquier perjuicio tanto a las instalaciones como a la seguridad de los propios trabajadores. 8. Atender a los clientes y público en general con la cortesía necesaria y deberán facilitarle en l posible de la orientación adecuada en las solicitudes que deseen hacer. 9. Observar tacto y cordialidad en sus relaciones con el público y compañeros de trabajo. 10. Cumplir sin restricciones y guardar absoluta reserva sobre las actividades de la empresa, manuales, procedimiento, organización

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