Universidad Católica Boliviana "San Pablo"
1 Anexo 1 Protocolo de Olivos Para la solución de controversias en el MERCOSUR La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en adelante denominados “Estados Partes”; TENIENDO EN CUENTA el Tratado de Asunción, el Protocolo de Brasilia y el Protocolo de Ouro Preto; RECONOCIENDO Que la evolución del proceso de integración en el ámbito del MERCOSUR requiere del perfeccionamiento del sistema de solución de controversias; CONSIDERANDO La necesidad de garantizar la correcta interpretación, aplicación y cumplimiento de los instrumentos fundamentales del proceso de integración y del conjunto normativo del MERCOSUR, de forma consistente y sistemática; CONVENCIDOS De la conveniencia de efectuar modificaciones específicas en el sistema de solución de controversias de manera de consolidar la seguridad jurídica en el ámbito del MERCOSUR; HAN CONVENIDO lo siguiente:
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