Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

43 Mediante el protocolo modificatorio del Tratado Constitutivo, suscrito en la ciudad de Cochabamba el 28 de mayo de 1996, en vigencia desde el 25 de agosto de 1999, se otorgó al Tribunal tres competencias adicionales correspondientes al Recurso por Omisión o Inactividad, a la Función Arbitral y a la Jurisdicción Laboral y además cambió su denominación a Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Por otra parte, se tiene la Decisión 500 se establece de manera orgánica la conformación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en lo cual resalta la disocian transitoria segunda, la misma que delega al consejo de ministros la posibilidad de integrar una vía arbitral en la presente Decisión. Si bien no se tiene en concreto el modo de actuar en materia de arbitraje inversiones, el cuerpo normativo mencionado respalda la posibilidad de que exista uno como tal, de esa manera también se tiene presente la posibilidad de la CAN, en cuanto a arbitraje de inversiones. 2.6. Centro Iberoamericano de Arbitraje El Centro Iberoamericano de Arbitraje (CIAR) tiene como objetivo resolver controversias legales internacionales, tanto de carácter comercial como de inversiones. Además, el Centro nace a partir de una preocupación de resolver conflictos que involucren a partes de diferentes países de la región, de forma ágil y profesional. El CIAR asume la responsabilidad de administrar los procesos de arbitraje que se presenten ante el Centro y difundir y promover la cultura y la práctica del arbitraje, la conciliación y la mediación como métodos de solución de disputas. Actualmente el CIAR, cuenta con 68 miembros, de los cuales algunas instituciones de Bolivia son parte del mismo. A través de la necesidad de no retroceder en la manera de solucionar conflictos con inversores extranjeros en Latinoamérica se crea esta

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