Universidad Católica Boliviana "San Pablo"

27 independiente que se encargara del arreglo de diferencias entre Estados e inversionistas privados, y que además garantizara un equilibro entre los intereses de ambas partes. Fue a partir de la resolución núm. 174 de la Junta de Gobernadores de fecha 18 de septiembre de 1962, que se autorizó a los directores ejecutivos a estudiar la viabilidad de establecer una organización que se ocupara de la resolución de diferencias entre Estados e inversionistas, mediante procedimientos de conciliación y arbitraje. A partir de 1963, juristas de 86 países se reunieron ante la solicitud del presidente del Banco Mundial, en Addis-Abeba (16 al 20 de diciembre de 1963), y posteriormente en Santiago de Chile (3 al 7 de febrero de 1964), en Ginebra (17 al 21 de febrero de 1964) y en Bangkok (27 de abril a 1 de mayo de 1964) para discutir el proyecto de Convenio del CIADI preparado por el personal del banco. Después de otras reuniones de un Comité Legal, formado por representantes de 61 Estados miembros, con los directores ejecutivos del banco, éstos últimos sometieron a consideración de los gobiernos miembros del banco el texto del Convenio del CIADI el 18 de marzo de 1965.9 El convenio entró en vigor el 14 de octubre de 1966 (Cf. ÁLVAREZ, 2002: 11). 2.1.2. Objeto de creación del CIADI y su convenio En el punto anterior se mencionó que el CIADI tiene como objetivos el de solucionar controversia entre Estados e inversionistas, velar por los tratados multilaterales o bilaterales de inversión, de libre comercio, entre otros, en este punto determinaremos la fuente primigenia que en realidad dio origen al CIADI. La consejera jurídica del CIADI, Gabriela Álvarez Ávila, en su publicación ya mencionada en el anterior punto, nos da unas interesantes pautas del que quizá, se podría llamar, el verdadero objeto del CIADI, con lo siguiente: El establecimiento de esta organización fue una iniciativa del Banco Mundial para fomentar las inversiones de países industrializados a países en desarrollo. El interés del banco de establecer una organización de esta naturaleza está comprendido en el marco de sus actividades.

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